Publicado el 22/08/2011 7:28:22 AM.
Con una magistral exposición sobre la metodología de investigación fiscal en el Nuevo Código Procesal Penal, el Dr. José Luis Checa Matos aperturó su intervención en la primera Audiencia sobre Tutela de Derechos, presentada por la defensa técnica de César Álvarez Aguilar, audiencia realizada el viernes 19 de agosto en la Sala de Audiencias, que despacha el Dr. José Luis la Rosa Sánchez Paredes, Juez de la Investigación Preparatoria en Ancash.
Al mismo estilo de los mejores catedráticos en materia de derecho, y no teniendo nada que envidiar a los laureados conferencistas latinoamericanos, el Dr. Checa expuso, didácticamente, lo que se denomina Programa Metodológico de Investigación, o también llamado Programa Metodológico Penal, detallando los tres elementos que comprende esta metodología.
Primero: Componente fáctico, donde se detallan los hechos históricos de la noticia criminal, en la que valoran los elementos de modo, tiempo, lugar, circunstancias, sujetos, partícipes, etc. Segundo: Componente jurídico, que sirve para que el hecho histórico sea subsumido dentro de la hipótesis normativa. Tercero: Componente probatorio, que va a servir para objetivar tanto el elemento fáctico cuanto el jurídico. Es en este último componente en la que el Ministerio Público, en las Diligencias Preliminares, trabaja con elementos indiciarios demostrativos, los que podrán tomar mayor fuerza y pasarán a ser elementos de convicción demostrativos en la Investigación Preparatoria, los cuales se considerarán elementos probatorios demostrativos, cuando pasen el filtro de la etapa intermedia, para convertirse en elementos probatorios como tal, los cuales sirven para elaborar la teoría criminal y por consiguiente la acusación fiscal en la etapa del Juicio Oral.
En seguida el Dr. Checa presentó, técnicamente, las fases de investigación fiscal: en la primera fase se conoce la Noticia Criminal, a través de una denuncia de parte, noticia periodística, etc, de la cual, el Ministerio Público debe hacer un Diagnóstico del hecho para ver si hay caso penal o no; de ser positivo el diagnóstico se pasa a la siguiente fase: Verificación del hecho, donde el fiscal debe cruzar información con otras instituciones, requerir información a la entidad agraviada, recopilar información de diversos actores, etc; la tercera etapa es la Constatación de si la información recopilada pasa el tema de constitucionalidad, para poder ser utilizada en el Juicio Oral; es en estas circunstancias que el Fiscal elabora sus hipótesis y variables incriminatorias, para posteriormente hacer el trabajo de Imputación Penal.
El caso concreto de la audiencia trata sobre el Expediente N° 1388-2011, en la que se imputa, entre otros funcionarios del Gobierno Regional de Ancash, al Sr. César Joaquín Álvarez Aguilar, Presidente Regional de Ancash, los delitos de Peculado Agravado, Incumplimiento de Deberes Funcionales, Omisión de Denuncia y Asociación Ilícita para Delinquir, por el hecho de haber contratado al Consorcio Pallasca por más de 72 millones de soles para trabajos de mantenimiento de carreteras, contratación que, presumiblemente, tiene irregularidades.
La Tutela de Derechos argumentada por la defensa técnica, con un abogado venido desde Lima, perteneciente al Estudio Jurídico “Paz de la Barra Asociados”, señala que se está vulnerando los derechos de César Álvarez Aguilar por haber sido considerado en una investigación por los delitos mencionados sin que se le mencione en ningún párrafo de la parte fáctica y de razonamiento en la Resolución de Apertura de Investigación Preliminar y tan sólo se le menciona en las Conclusiones, donde se solicita abrir investigación preliminar por los delitos antes mencionados. Sin embargo, la exposición del Dr. Checa fue irrefutable, cuando señala que en la etapa de Diligencias Preliminares –en la que se encuentra el caso en mención- el Fiscal trabaja con elementos indiciarios y aún no se elabora la Imputación Penal, y por lo tanto no se ha producido la vulneración de derechos del Sr. César Álvarez Aguilar; esta argumentación del Ministerio Público fue confirmada por el Juez de la Investigación Preparatoria, Dr. José Luis la Rosa Sánchez Paredes, declarando INFUNDADA la Tutela de Derechos presentada por la defensa técnica del investigado.
Este triunfo del Ministerio Público resulta de suma importancia por que ha sido la primera audiencia de tutela de derechos desde que entró en vigencia el nuevo CPP y que consecuentemente todas las demás que se propongan ya sea por la defensa de César Álvarez Aguilar u otros investigados deberán de ceñirse a los parámetros jurídicos expresados en la audiencia y acogidos por el Juez de Investigación Preparatoria en la resolución que declara infundada la tutela de derechos.
Fuente: http://www.ancashnoticias.com/
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